Los
problemas de adicciones en México son un tema de gran interés dentro de la
salud pública, ya que dada las características demográficas, sociales,
económicas y culturales de nuestro país, el fenómeno se torna complejo, de tal
manera que tanto sus factores de origen y permanencia, así como sus
consecuencias son distintas en cada región del país.
Este
problema está ligado a fenómenos como la estabilidad y seguridad social, la
oferta y demanda de sustancias ilegales, la presencia de grupos del crimen
organizado, violencia e inestabilidad.
Por esa misma razón es de primordial
importancia atender la salud mental y
prevenir el consumo de sustancias, así como el alcohol y el cigarro.
De tal motivo se crea el Consejo Estatal Contra las Adicciones (CECA) con la
finalidad de organizar las acciones en caminadas a la
normatividad y control de oferta, prevención, tratamiento y rehabilitación,
reinserción , apoyo a proyectos sociales, capacitación, investigación,
evaluación y difusión.
A
partir de 1986, se conformaron los Consejos Estatales contra las Adicciones, en
estricto apego al Pacto Federal asentado en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Estos
Consejos, instalados en cada una de las entidades federativas, están presididos
por el Gobernador, y son coordinados por el Secretario de Salud local o los
Jefes de los Servicios Coordinados de Salud Pública del Estado. Cada Consejo
cuenta con un Secretario Técnico, que es el enlace con el CONADIC, y con varios
vocales, cuya función consiste en propiciar la participación de las diversas
instituciones, tanto del sector público como del privado, en cumplimiento de
los programas contra las adicciones.
Misión:
Promover
y proteger la salud de los mexicanos,
mediante la definición y conducción de la política nacional, en materias de
investigación, prevención, tratamiento, formación y desarrollo de recursos
humanos para el control de las adicciones, con el propósito de mejorar la
calidad de vida individual, familiar y social.
Bien Común
Todas
las decisiones y acciones del servidor
público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses
de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la
colectividad.
MARCO LEGAL
El marco
jurídico que sustenta las acciones de la atención integral a
las adicciones: el reglamento interno de la secretaría de
salud, en su capítulo X, artículo 35, fracción II (para la programación), III
(para la planeación, supervisión y evaluación), V (para la prevención), VI
(para la red de atención), X (para el trabajo municipal), XII (para la
movilización social), XIII
(para el sistema de información)
y XXI (para la certificación de desempeño);
y la atención integral a las adicciones,
se encuentra en el articulo 4º de la Constitución, el artículo 13 de la Ley
General de Salud, en el capitulo V, artículo 9,24,25 y 26 del capitulo VIII,
artículo 43 del capitulo IX del reglamento interno de la Secretaría de Salud
(publicada en el diario de la Federación en el 2001); donde se establece que
corresponde al ámbito Estatal coordinar, operar, supervisar y evaluar la
prestación de los Servicios de las adicciones. Bajo la normatividad:
•NOM-028-SSA2-2009, Para la prevención, tratamiento,
rehabilitación y control de las adicciones
•NOM-001-SSA1-1993, Que instituye el procedimiento por el
cual se revisará, actualizará y editará la Farmacopea de los Estados Unidos
Mexicanos.
•NOM-025-SSA2-1994, Para la prestación de servicios de
salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica.
•NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y control de la
infección por virus de la inmunodeficiencia humana.
•NOM-009-SSA2-1993,
Para el fomento de la salud del escolar.
•NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.
•NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico.
si deseas más información puedes contactarnos al e-mail:
cecatlax@gmail.com o la los telefonos de oficina 46 2 1060 ext. 8073 y 8075...
atentamente
Consejo Editorial del Blog Oficial de la Coordinación Estatal de Salud Mental y Adicciones, Tlaxcala.
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